El 30 de marzo de 2017 se publicó la Ley 5/2017 de medidas fiscales, administrativas y financieras.

Entre las medidas aprobadas por esta Ley se encuentra la prohibición de entregar bolsas de plástico de forma gratuita a todos los establecimientos comerciales.

A continuación respondemos algunas de las preguntas más frecuentes que se refieren a esta nueva Ley:

1.- ¿Qué ley regula la prohibición de la propina de las bolsas de plástico?
La Ley Reguladora de Residuos, en su artículo 10.5

2.– ¿Cuáles son las bolsas afectadas por la norma?
Bolsa de caja: cualquier bolsa utilizada para llevar la compra y que se puede llevar en una mano gracias a la fabricación de asas, tales como bolsas de camiseta, bolsas de mango a la vez cortadas, bolsas de mango de plástico flexibles, bolsas rígidas, bolsas de mango de cuerda, y cualquier otro tipo de bolsas con asas.

Bolsa de entrega a domicilio: cualquier bolsa, con o sin asas, utilizada por sus propios servicios o subcontratada por los puntos de venta de bienes o productos para transportar y entregar a casa la compra de sus clientes.

3.- ¿A qué tipo de material se refiere la prohibición?
La prohibición de la distribución gratuita de las bolsas afecta a todas las bolsas de plástico (incluido el plástico en general, el plástico oxodegradable y el plástico biodegradable), excluyendo las bolsas compostables que cumplan con los requisitos de la norma UNE-EN-13432 o equivalente. Por lo tanto, las bolsas compostables se pueden entregar de forma gratuita si es la voluntad del comerciante.

4.- ¿A qué establecimientos comerciales afecta la prohibición de la propina de las bolsas de plástico?
En cualquier punto de venta de bienes o productos, es decir, en todos los establecimientos comerciales de Cataluña, sea cual sea el tipo de productos, que en el momento de entregar el producto lo hagan en una bolsa de plástico.

5.- ¿A partir de cuándo entra en vigor la prohibición de la entrega gratuita de bolsas de plástico?
De conformidad con la Ley 5/2017, la medida entró en vigor el 31 de marzo de 2017.

6.- ¿Qué precio se debe cobrar por las bolsas?
La normativa no establece ningún precio mínimo o máximo para las bolsas, sólo prohíbe su distribución gratuita (que se regalen). El comerciante debe vender las bolsas como un producto más y diferenciado en el billete, al precio que considere más adecuado.

7.- ¿Qué pasa si un comercio sigue regalando las bolsas?
El cumplimiento de esta disposición se comprobará en el marco de las visitas de inspección recibidas por la Generalitat de Cataluña y las autoridades locales. En caso de incumplimiento, se aplicará el correspondiente sistema sancionador, previsto en la Ley reguladora de residuos, que tendrá la categoría de infracción leve (multa de entre 400 y 4.000 euros).

8.- ¿Qué pasa con las bolsas de sección?
Bolsas de sección, es decir, las de las secciones de frutas y verduras, pescado, embutidos…. entre otros, en las tiendas, no están a favor de esta prohibición. Sin embargo, la Generalitat de Cataluña, a través de la ARC, está avanzando con el sector para reducirlo.

9.- ¿Qué pasa si las bolsas tienen publicidad?
Las bolsas de plástico deben entenderse como otro producto que la tienda tendrá a la venta. El consumidor decidirá si lo compra o no. Tampoco se permite el reembolso del precio de la bolsa de plástico por publicidad.

10.- ¿Hay un cartel informativo disponible para colocar en el establecimiento?
Sí, en la página web de la Agencia de Residuos de Cataluña se encuentran los carteles oficiales de la Generalitat para informar de la aplicación de esta ley en establecimientos comerciales.
Puede obtenerlos haciendo clic en los siguientes enlaces:
cartel en la tienda
señal para la puerta de entrada

11.- ¿El precio de la bolsa está establecido por la ley?
no. El precio de la bolsa no se puede establecer ya que no es una tarifa o un impuesto, sino simplemente, a partir de ahora, las bolsas deben venderse como otro producto de la tienda. Por lo tanto, cada establecimiento decidirá a qué precio lo vende.

12.- ¿Debería aparecer el importe de recogida de la bolsa en el recibo de compra?
Sí. Como es otro producto que la tienda venderá, también debe aparecer en el recibo de compra.